

Los derechos de las personas con discapacidad y de movilidad reducida a recibir asistencia en el transporte aéreo corresponden a deberes específicos de las compañías aéreas y gestores aeroportuarios.
Sin embargo, el nivel de asistencia a menudo es insatisfactorio, como se informó varias veces (1,2). Por lo tanto, es importante conocer el ABC de los derechos y cómo ejercerlos, incluso por daños y perjuicios.
Personas con movilidad reducida (PMR), o personas con diversas discapacidades y fragilidades, tienen derecho a recibir asistencia para hacer frente al transporte aéreo. Para ello, deberán:
Asistencia Las personas en modalidad reducida podrán organizarse alternativamente, a petición del interesado, a partir de:
Embarque Las PMR preceden a las de otros pasajeros. Las personas en sillas de ruedas manuales (incluso con motor eléctrico auxiliar) tienen derecho a llegar a la puerta del avión con su propio vehículo. (4) Luego son trasladados a una silla estrecha, provista por el aeropuerto, para llegar al lugar.
Desembarco de pasajeros con movilidad reducida sigue a la del resto de pasajeros, con la justificación de política de privacidad del primero Más bien se trata de una discriminación inaceptable que muchas veces obliga a las personas con discapacidad a perder conexiones con otros vuelos, causándoles enormes molestias, como ya se ha señalado en vano (1,2).
La silla de ruedas manual - junto con el motor (trike) auxiliar - debe ser devuelto inmediatamente después de la salida, a la puerta del avión. No debe comprometer este derecho, no debe renunciar a la devolución de sus 'piernas de reemplazo'.
¿Debería la silla de ruedas y/o su ciclomotor (trike) el auxiliar y/o andador no están listos, durante el desembarque, frente a la puerta de la aeronave, la persona con discapacidad tiene el derecho indiscutible de negarse a desembarcar de la aeronave hasta que ésta sea efectivamente devuelta. (5)
En caso de incumplimiento de sus derechos, la persona con movilidad reducida y/o discapacitada puede:
Servicios de asistencia las personas con discapacidad y las personas con movilidad reducida se financian con las cuotas retenidas a tal efecto sobre los precios de los billetes de avión, de conformidad con las disposiciones vigentes. (7)
Las condiciones deplorables en el que hay muchas salas de espera y baños reservados para personas con discapacidad y personas con movilidad reducida, además de las ineficiencias, sin embargo, hacen dudar que las sumas recaudadas con este fin se desvíen a otros lugares.
la responsabilidad mayor recae en ENAC (Agencia Nacional de Aviación Civil) que debería realizar los controles pero con su inanición se hace cómplice de las graves ineficiencias en perjuicio de los consumidores más vulnerables.
Darío Dongo
Recinto
Derechos de los pasajeros aéreos. Formulario de denuncia de la UE, de conformidad con el reg. UE 261/04
(1) Asistencia a discapacitados en aeropuertos y aviones. Carta al Presidente de ENAC, 23.8.19
(2) Transporte aéreo, discapacidad y discriminación, 29.10.21
(3) Cada línea aérea tiene su propio procedimiento, indicado en su sitio web, que generalmente prevé la posibilidad de reservar asistencia a través del propio sitio web, correo electrónico y/o número gratuito. NB: algunas empresas solicitan la cumplimentación de formularios detallados sobre la asistencia solicitada, a menudo utilizados como pretexto para tratar de eludir sus responsabilidades
(4) Los patinetes eléctricos para ayudar a sillas de ruedas manuales, triciclos de cd (por ejemplo, Triride, Klaxon Klick, Bate, etc.) se pueden llevar hasta la puerta del avión para ser cargados en la bodega, junto con la silla de ruedas manual, en un lugar especial. contenedor separado del del equipaje. En su lugar, la batería debe colocarse en la bandeja para paquetes. Las baterías de iones de litio (Li-Io) no deben superar los 300 Wh
(5) La decisión de la persona con derecho a permanecer en la aeronave hasta la devolución efectiva de las ayudas para minusválidos puede dar lugar a la demora del vuelo. Pero es solo de esta manera que el personal de tierra se ve obligado a encontrar las sillas de ruedas, los triciclos y los andadores perdidos entre el equipaje y tirados en los cinturones, tal vez incluso dañados.
(6) De hecho, es la línea aérea la que decide a qué compañía acudir para los servicios en tierra. Y el ahorro es, lamentablemente, el criterio dominante de elección.
(7) ENAC (Autoridad Nacional de Aviación Civil). Procedimientos para la definición anual de la tarifa PRM y procedimiento de consulta entre el operador y los usuarios. Directrices 9.8.18, LG 2018-001

Dario Dongo, abogado y periodista, PhD en derecho alimentario internacional, fundador de WIISE (FARE - GIFT - Food Times) y Égalité.