

La Comisión Europea ha puesto en marcha, como parte de la estrategia de igualdad de género 2020-2025, una iniciativa de dejan comentarios,, sobre prácticas nocivas perpetradas principalmente contra mujeres y niñas, que implican graves violaciones de los derechos humanos y constituyen un obstáculo para la igualdad de género.
Todos los ciudadanos de la Unión Europea y las partes interesadas podrán expresar sus puntos de vista al respecto dando su propia dejan comentarios, o sugerencias, después de registrarse en la página correspondiente web hasta la medianoche del 31 de mayo de 2022.
El feedback de cada uno contribuirá al proceso de toma de decisiones de la UE y a la formulación de Recomendaciones, que servirán para complementar y reforzar la reciente directiva propuesta el 8 de marzo por la Comisión Europea sobre violencia contra las mujeres y violencia doméstica, (1) fomentando su prevención y apoyo, promoviendo la formación de diversas figuras profesionales y simplificando el acceso a la justicia de las víctimas. (2)
prácticas nocivas, también definidas como prácticas culturales (3) o tradicionales (4) nocivas, son costumbres discriminatorias. Violencias de género reales, perpetradas con cierta regularidad durante largos períodos de tiempo, tanto que las comunidades y sociedades acaban considerándolas aceptables.
Tales prácticas afectar negativamente la dignidad de las víctimas y su integridad física, psicosocial y moral, poniendo en riesgo su desarrollo personal, participación y emancipación cívica, salud y estado educativos, económicos y sociales.
Entre estos abusos estos incluyen la mutilación genital femenina (MGF), el aborto forzado, la esterilización forzada, el matrimonio forzado o precoz y la violencia relacionada con el honor.
Hacia 600.000 mujeres y niñas en la UE y más de 200 millones en todo el mundo han sido sometidas a la MGF, realizada, en la mayoría de los casos, sin el consentimiento de la víctima.
Esta iniciativa tiene como objetivo elaborar Recomendaciones capaces de abordar los desafíos específicos de esta práctica nociva, que requieren
- conocimiento de los profesionales de todos los sectores que entran en contacto con la MGF;
- educación sobre las prácticas y sus consecuencias;
- financiación para las comunidades de base;
- datos e investigación;
- un enfoque sistemático y holístico para ofrecer servicios de atención accesibles y seguros a las víctimas de la MGF.
Matrimonio forzado, eso es el "acto intencional de obligar a un adulto o a un niño a contraer matrimonio(Artículo 37 del Convenio de Estambul del Consejo de Europa) se considera explícitamente un delito en 16 estados miembros de la UE.
Por el matrimonio infantil o temprano significa cualquier matrimonio en el que al menos una de las partes es menor de 18 años. No es en sí mismo un delito penal en los Estados miembros, excepto en Suecia.
en la UE se imponen matrimonios precoces y forzados a mujeres y niñas, especialmente en comunidades de inmigrantes y grupos minoritarios.
En el mundoSegún las Naciones Unidas, unos 650 millones de mujeres y niñas se casaron antes de los 18 años.
Artículo 39 del Convenio de Estambul del Consejo de Europa (5) las define de la siguiente manera: "practicar un aborto a una mujer sin su consentimiento informado previo; realizar una cirugía que tenga el propósito y el efecto de interrumpir permanentemente la capacidad reproductiva de una mujer sin su consentimiento informado previo o sin la comprensión del procedimiento que se está realizando".
Ambos las prácticas vulneran la autonomía reproductiva de las víctimas, quienes son predominantemente mujeres y niñas con discapacidad intelectual y psicosocial, con dificultades objetivas para expresar su pleno consentimiento o comprender su libertad reproductiva, mujeres y niñas pertenecientes a minorías raciales o étnicas y transgénero.
Esterilización forzado es punible en virtud del derecho penal en 4 países de la UE.
Se trata de los asesinatos., violencia física o amenazas de violencia cometidas dentro de la familia extensa de las víctimas por personas que quieren recuperar su posición dentro de la comunidad, que se presume ha sido afectada negativamente por el comportamiento de la víctima.
En Suecia La violencia relacionada con el honor es un delito específico, pero en la mayoría de los demás países de la UE se considera una circunstancia agravante de un delito general.
El objetivo de la iniciativa es prevenir y combatir estas prácticas nocivas, a través de la adopción de Recomendaciones destinadas a la sensibilización, la educación y el desarrollo de capacidades.
Esto requerirá un enfoque coordinado a nivel de la UE que tenga en cuenta tanto el contexto específico de las diferentes prácticas como las necesidades individuales de las víctimas, involucrando a las comunidades involucradas e implementando el apoyo de las organizaciones no gubernamentales, la sociedad civil y las comunidades de base.
Las recomendaciones facilitar el desarrollo de una comunicación clara sobre la aceptabilidad de las prácticas nocivas, abordar la inseguridad jurídica y garantizar una mayor cooperación entre las autoridades, el poder judicial y los servicios sociales y de salud, para la plena protección de los derechos fundamentales de las mujeres y las niñas.
Elena Bosani
(1) com_2022_105_1_es.pdf https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/aid_development_cooperation_fundamental_rights/com_2022_105_1_en.pdf
(2) Prevención de prácticas nocivas contra las mujeres y las niñas https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/13110-Prevention-of-harmful-practices-against-women-and-girls_en
(3) Ficha informativa 23en.pdf (ohchr.org) https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications/FactSheet23en.pdf
(4) prácticas nocivas | Unicef https://www.unicef.org/protection/harmful-practices
(5) Lista completa (coe.int) https://www.coe.int/it/web/conventions/full-list?module=treaty-detail&treatynum=210

Abogado en Milán y Frankfurt am Main. Experta en derecho de familia, juvenil y penal, ahora está matriculada en un máster universitario en derecho alimentario