Los 193 estados miembros de la OMS (Organización Mundial de la Salud) están a punto de firmar un 'tratado contra la pandemia' que supone renunciar a su soberanía y autonomía en la gestión de las emergencias sanitarias.
Las negociaciones continúan indefinidamente de cara a la próxima Asamblea General de la OMS, el 27 de mayo de 2024. Donde la agenda incluye la aprobación de:
– 'tratado sobre pandemia', cuyo contenido detallado aún no está claro
– reforma del Reglamento Sanitario Internacional (Reglamento Sanitario Internacional, RSI, 2005). (1)
La sociedad civil, que ya ha cuestionado la farsa de las "vacunas" incapaces de prevenir infecciones pero impuestas a las poblaciones, expresa su oposición a este enfoque. Incluso con una petición especial, que invitamos a firmar a nuestros amigos y lectores. (2)
El 'tratado de pandemia', en sus partes ya conocidas, se caracteriza por una serie de cuestiones críticas:
– transferencia de soberanía y poder de decisión en materia de salud al director general y a los directores de las seis Regiones de la OMS – OMS. Una dirección externa, separada de los procedimientos democráticos establecidos en los Estados miembros, podrá así imponer decisiones y controlar la vida de los ciudadanos y sus actividades (por ejemplo, vacunas, pases verdes, confinamientos), la gestión de los animales y el medio ambiente (según al enfoque "Una sola salud")
– poder de la OMS – La OMS para declarar la existencia de pandemias (incluso a nivel macrorregional) y otras emergencias, con amplios márgenes de discreción, para activar sus 'superpoderes' mencionados anteriormente, con un impacto significativo en las poblaciones.
– posible imposición de "vacunas" obtenidas mediante procedimientos de "vía rápida", incluso en ausencia de pruebas adecuadas. Relevar de toda responsabilidad a quienes los producen y administran, incluso ante evidencias de escasa eficacia y seguridad. O en todo caso, en contravención del principio de precaución
– limitación de la posibilidad de que los médicos y el personal sanitario ejerzan su profesión con ciencia y conciencia. Mediante la imposición de protocolos sanitarios y normas obligatorias sobre la atención de los pacientes (por ejemplo, prohibiciones de visitas en presencia o en el domicilio de los pacientes).
El proyecto de reforma del Reglamento Sanitario Internacional es en sí mismo problemático en varios aspectos:
– en caso de "pandemia", la OMS puede imponer o prohibir el uso de determinados medicamentos u otras medidas. Sus 'recomendaciones' adquirirán carácter vinculante (artículo 43.4)
– se eliminan las referencias a la protección de los derechos humanos fundamentales, como la libertad y la dignidad de la persona (artículo 3).
– Los Estados miembros estarán obligados a desarrollar redes de biolaboratorios con niveles de bioseguridad BSL3 y BSL4, para el estudio de 'patógenos capaces de provocar pandemias y epidemias u otras situaciones de alto riesgo' (art. 44.1.f)
– una 'Conferencia de las Partes' y una nueva Secretaría, por lo tanto ya no los Estados miembros, establecerán las reglas para el funcionamiento de la prevención y respuesta a la pandemia
– censura deInformación falsa (desinformación) y poco fiable.', es decir, no alineado con la narrativa OMS – OMS, sobre las amenazas a la salud pública establecida por la OMS (art. 44.1.h). Esto no es nada nuevo, ya que la Unión Europea ya ha introducido un régimen de censura con el Ley de servicios digitales.
La deriva antidemocrática Se trata de una organización internacional, la OMS - OMS, en cuya financiación participan, de forma variable y desigual, no sólo sus Estados miembros, sino también los gigantes económicos (y sus organizaciones filantrópicas). Que también operan, entre otros, en los sectores médico y farmacéutico.
¿Qué intereses prevalecen? ¿Prevalecerán en esta mezcla global? ¿Las necesidades de proteger la salud pública o las de desarrollar y probar nuevas sustancias en las poblaciones? Es decir, el control social que alguna vez profetizó Richard Bradley en la cada vez más actual novela 'Fahrenheit 451'?
La adopción del 'tratado contra la pandemia' requiere el voto favorable de dos tercios de los 193 estados miembros de la Asamblea General de la OMS y su aplicación es vinculante sólo para aquellos países que lo ratifiquen.
las enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional requieren, en cambio, una mayoría simple y son vinculantes para todos los Estados miembros de la OMS - OMS, excepto para aquellos que los rechacen o expresen reservas en plazos definidos.
¡No gracias!
#PazTierraDignidad
Darío Dongo
(1) QUIÉN. Los gobiernos acuerdan continuar su progreso constante en el acuerdo propuesto sobre la pandemia antes de la Asamblea Mundial de la Salud. Presione soltar. 10.5.24 https://www.who.int/news/item/10-05-2024-governments-agree-to-continue-their-steady-progress-on-proposed-pandemic-agreement-ahead-of-the-world-health-assembly
(2) Bloquear el impulso de última hora de la ONU para lograr un tratado sobre la pandemia. Petición. CiudadanoGo https://www.citizengo.org/it/ot/13038-blocca-la-spinta-onu-dell-ultimo-minuto-a-favore-del-trattato-pandemico-
Dario Dongo, abogado y periodista, PhD en derecho alimentario internacional, fundador de WIISE (FARE - GIFT - Food Times) y Égalité.